Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1030/2012
Fecha: 05-Sep-2012
II.3.
II.3. A través del certificado de tradición (fs. 17), consta que el inmueble presenta los siguientes registros, lote de terreno de 1.000 m2, con matrícula computarizada 7.01.1.06.0076151, ubicado en Islerio del Valle cantón Norte asiento 1 de propiedad de Suárez María del Rosario; asimismo, por el plano de ubicación y uso de suelo se advierte el lugar donde se encuentra el inmueble (fs. 12).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.2. Informe del demandado
- denegó
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1
- III.2. Alcances y requisitos de las medidas de hecho
- III.3. No se tutela el derecho a la propiedad privada cuando existe controversia sobre el mismo
- Fragmento 13
- III.4. Análisis del caso concreto
- APROBAR