Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1030/2012
Fecha: 05-Sep-2012
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La accionante, alegó la vulneración de los derechos de su representada, a la “seguridad jurídica” y a la propiedad privada, por cuanto el demandado junto a otras personas de forma violenta irrumpierón en el lote 2, manzano 7, UV 211, adquirido de su anterior propietaria la Cooperativa de Vivienda Integral AASANA, destruyendo pilastras y alambrados sin respetar su derecho propietario, lo que calificó como una medida de hecho. En consecuencia, corresponde verificar en revisión, si tales argumentos son evidentes y si constituyen actos ilegales lesivos de los derechos fundamentales o garantías constitucionales del accionante, a fin de conceder o denegar la tutela solicitada.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.2. Informe del demandado
- denegó
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1
- III.2. Alcances y requisitos de las medidas de hecho
- III.3. No se tutela el derecho a la propiedad privada cuando existe controversia sobre el mismo
- Fragmento 13
- III.4. Análisis del caso concreto
- APROBAR