Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1065/2012
Fecha: 05-Sep-2012
II.2.
II.2. Cursa el acta de audiencia pública de medida cautelar efectuada el 21 de agosto de 2010, en la cual el Juez Primero de Instrucción en lo Penal, dictó la Resolución 1058/2010, disponiendo la detención preventiva de Álvaro Rodrigo Huanca Macuchapi a ser cumplida en el centro Penitenciario de “San Pedro” de La Paz y al otro coimputado la medida sustitutiva de detención domiciliaria y otras contenidas en el art. 240 del CPP. En la misma audiencia la abogada del representado del accionante solicitó la palabra y señaló que se reservaba el derecho de apelar (fs. 19 a 29).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- a)
- “improcedente”
- Fragmento 7
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.6.
- III.
- III.1.De la finalidad y los alcances de la acción de libertad
- Fragmento 14
- Fragmento 15
- III.2. Subsidiariedad excepcional de la acción de libertad
- Dentro de la normativa procesal penal ordinaria, se encuentra el recurso de apelación incidental como un medio de impugnación a las resoluciones judiciales que resuelven medidas cautelares, considerándose este un mecanismo idóneo y eficaz que busca corregir o enmendar errores o arbitrariedades cometidas por las autoridades judiciales”
- ante la existencia de otros medios legales idóneos para asegurar la protección de los referidos derechos, de un modo oportuno, eficaz e inmediato, éstos necesariamente deben agotarse antes de solicitar la tutela constitucional. Criterio similar se advierte en el art. 25.I de la Convención Americana de Derechos Humanos, que complementa sobre este razonamiento afirmando que aquel medio legal ordinario, debe caracterizarse por ser sencillo y rápido; es decir, resguarde el derecho a la libertad, según las características referidas; configurándose, de este modo, el carácter subsidiario de la acción de libertad (con el mismo intelecto, las SSCC 2120/2010-R, 2242/2010-R, 2245/2010-R, 2268/2010-R, 2269/2010-R, entre otras).
- III.3. Análisis del caso concreto
- APROBAR