SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1087/2012
Fecha: 05-Sep-2012
a) Atentados contra el derecho a la vida
La SCP 0037/2012 de 26 de marzo, desarrolló los presupuestos de activación de la acción de libertad, los cuales son:”a) Atentados contra el derecho a la vida; b) Afectación de los derechos a la libertad física como a la libertad de locomoción; c) Acto y omisión que constituya procesamiento indebido; y, d) Acto u omisión que implique persecución indebida” (el resaltado nos pertenece).
En este contexto la vida se constituye en una condición de ejercicio de los demás derechos, no reconociéndose por el texto constitucional cualquier forma de vida, sino la vida digna, derecho que incluye a los detenidos preventivos “…cuyas condiciones de detención deben tender a conservar la dignidad humana y por sobre todo el derecho a la vida” (SCP 0257/2012 de 29 de mayo), determinándose en dicha Sentencia que los jueces, autoridades penitenciarias, policías y autoridades jurisdiccionales se encuentran en posición de garantes en la protección de los derechos de los imputados privados de libertad o condenados.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- denegó
- II.2.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- a) Atentados contra el derecho a la vida
- Fragmento 9
- se busca acelerar los trámites judiciales
- III.2. Los principios de inmediación, oralidad como rectores del proceso penal
- III.3. Análisis del caso denunciado
- REVOCAR