Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1091/2012
Fecha: 05-Sep-2012
I.2. Audiencia y Resolución del Juez de garantías
Señalada la audiencia para el 21 de junio de 2012, la misma fue suspendida, por no encontrarse notificadas las partes procesales, “toda vez que los recurrentes no se hicieron presente en secretaria para poder realizar las respectivas notificaciones según informe de fecha 21 de junio de 2012” (fs. 24 y 25).
Celebrada la audiencia pública el 22 de junio de 2012, según consta en el acta de fs. 48 a 52 de obrados, ausente el accionante, pero presente su abogado y el fiscal Javier Cordero Salcedo, informando que el Juez demandado no se encuentra presente, sin embargo, remitió su informe, se produjeron los siguientes actuados:
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2. Audiencia y Resolución del Juez de garantías
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- denegó
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
- III.1. Subsidiariedad excepcional de la acción de libertad: agotamiento de todos los mecanismos idóneos, eficientes y oportunos de impugnación intraprocesal
- III.2. Análisis del caso concreto
- III.2.1. Respecto de la actuación del Juez Sexto de Instrucción en lo Penal
- III.2.2. Respecto de la actuación del Fiscal adscrito a la FELCC, División Delitos Económicos y Financieros
- APROBAR