Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1091/2012
Fecha: 05-Sep-2012
III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
El accionante, estima como vulnerados los derechos a la libertad personal y de locomoción, la seguridad jurídica, al debido proceso y a la presunción de inocencia, por cuanto se dispuso su detención preventiva en audiencia en la cual no intervino su abogado para su defensa técnica y en su lugar estaba un defensor público, que no presentó prueba alguna para desvirtuar los riesgos procesales.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2. Audiencia y Resolución del Juez de garantías
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- denegó
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
- III.1. Subsidiariedad excepcional de la acción de libertad: agotamiento de todos los mecanismos idóneos, eficientes y oportunos de impugnación intraprocesal
- III.2. Análisis del caso concreto
- III.2.1. Respecto de la actuación del Juez Sexto de Instrucción en lo Penal
- III.2.2. Respecto de la actuación del Fiscal adscrito a la FELCC, División Delitos Económicos y Financieros
- APROBAR