SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1100/2012
Fecha: 06-Sep-2012
concedió
La Jueza Quinta de Sentencia Penal, del Distrito Judicial -ahora departamento- de La Paz, constituida en Jueza de garantías, pronunció la Resolución 010/2010 de 11 de diciembre, cursante de fs. 130 a 132 vta., por la que concedió la tutela solicitada, sin responsabilidad por ser excusable, señalando como fundamentos: a) En el caso penal analizado, se citó a Paulina Maidana Salazar, para que preste su declaración informativa el 9 de diciembre a horas 9:00, por la presunta comisión del delito de privación de libertad; sin embargo, recién fue puesto a su conocimiento, el memorial de ampliación de querella por la presunta comisión del delito de secuestro a horas 9:57 del 9 de diciembre de 2010, lo que la puso en indefensión; b) Víctor Carrasco Bernal -supuesta víctima del delito- mediante memorial de 8 de diciembre de 2010, presentado al Juez Noveno de Instrucción en lo Penal y a la Fiscal de Materia demandada, señala que Paulina Nancy Maidana Salazar y María Juana Carrasco Bernal, lo habrían socorrido y que por tanto el delito nunca existió; c) El 9 de diciembre de 2010, después de la recepción de la declaración informativa de Paulina Nancy Maidana Salazar, la Fiscal denunciada, emitió resolución de aprehensión en su contra, tomando en cuenta solo el delito de secuestro, omitiendo hacer referencia al delito de privación de libertad, aspecto que no correspondía, debido que hasta ese momento, solo tenía conocimiento de que fue imputada por el primer delito; vulnerándose de esta manera sus derechos a la defensa y presunción de inocencia; d) Se tiene conocimiento extraoficial, de que en la audiencia de medidas cautelares, llevado adelante en el Juzgado Noveno de Instrucción en lo Penal, se determinó la libertad pura y simple de todas las aprehendidas; y, e) Respecto al reclamo, que debía la accionante efectuar ante el Juez Cautelar, la misma se realizó ante la Fiscal de Distrito; además de que la supuesta víctima, presentó el 8 de diciembre de 2010, memorial a la Fiscal de Materia y al Juez Noveno de Instrucción en lo Penal.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- I.2.3. Intervención del Ministerio Público
- concedió
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.7.
- II.10.
- II.11.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. E
- En los casos en que ya se cumplió con dicha formalidad procesal, es decir, con el aviso del inicio de la investigación,
- III.2. Análisis de la problemática
- III.3. De la dimensión de los alcances de la parte resolutiva de la presente Resolución