SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1100/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1100/2012

Fecha: 06-Sep-2012

I.2.3. Intervención del Ministerio Público

El representante del Ministerio Público -Leopoldo Ramos- en audiencia, indicó que ante la presentación de una querella, el Ministerio Público tiene la obligación de defender la legalidad de los derechos y garantías constitucionales de todo imputado, así como defender los intereses generales de la sociedad que son afectados por los delitos. Que, si se estuviera ante una denuncia penal falsa, existe la previsión establecida en el art. 267 del CPP, que puede dar lugar a la acción penal de acuerdo al art. 166 del Código Penal (CP). Asimismo, señala que ante el abuso de autoridad que pudiese presentarse en la etapa preparatoria, deberá ser el juez de instrucción cautelar, quien controle los derechos y garantías vulnerados, para recién, ante la falta de atención de dicha solicitud, se active la jurisdicción constitucional de la acción de libertad.