SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1134/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1134/2012

Fecha: 06-Sep-2012

a)

El accionante ratificó la demanda y amplió sus fundamentos, señalando: a) El art. 237 del Código de Procedimiento Penal (CPP), señala que los detenidos preventivamente serán internados en establecimientos especiales y diferentes a los que se utiliza para los condenados; interponiendo la presente acción contra el Juez Primero de Instrucción en lo Penal, por haber puesto en riesgo su vida, al ponerle junto a los sentenciados, sin considerar que en su condición de funcionario policial, arrestó a muchos de los internos; y, b) Luciano Alves Ferreira, le culpó de su Sentencia de treinta años de prisión sin derecho a indulto; y después de la audiencia de apelación, al ser ratificado el fallo, se armó con un cuchillo e intentó atacarle, pero faltando diez metros otro reo le quitó el arma y al encontrarse de espaldas cayó, ingresando dos efectivos policiales.