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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1136/2012
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1136/2012

    Fecha: 06-Sep-2012

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    • acción de libertad
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
    • a)
    • concedió
    • 1)
    • II.1.
    • i)
    • ii)
    • III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
    • principio de celeridad procesal
    • prevé en el art. 115, el derecho a un proceso sin dilaciones indebidas
    • III.3. Actos dilatorios en la tramitación de la cesación a la detención preventiva
    • a detención preventiva, no tiene por finalidad la condena prematura, por cuanto la presunción de inocencia, sólo es desvirtuada ante un fallo condenatorio con calidad de cosa juzgada
    • b) Se fije la audiencia en una fecha alejada, más allá de lo razonable o prudencial. Plazo que puede ser en un límite de tres o cinco días máximo, dependiendo de la particularidad de cada caso
    • c) Se suspende la audiencia de consideración, por causas o motivos que no justifican la suspensión, ni son causales de nulidad.
    • Fragmento 17
    • III.4.  El principio ético-moral del ama qhilla en la sociedad plural
    • III.5. Análisis del caso concreto
    • 2°

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