Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1181/2012
Fecha: 06-Sep-2012
1)
Los codemandados, José Apaza Coajera, José Apaza Rodríguez, Grover Choque Mamani, Teodomiro Quelca Laime y Wenceslao Jesús Pinto Chura, mediante informe escrito cursante de fs. 53 a 54 vta., ratificado en audiencia, manifestaron lo siguiente: 1) No acreditaron su personería jurídica y 2) No señalaron cual es nexo causal entre los hechos que denuncian y las lesiones supuestamente ocasionadas, pues no basta enumerar artículos.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- denegó
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de amparo constitucional y su naturaleza jurídica
- legitimación
- III.3. La legitimación activa en el caso de las personas jurídicas
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR