SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1181/2012
Fecha: 06-Sep-2012
denegó
La Jueza Mixta de Partido y Sentencia Penal de San Borja, provincia Ballivián del Distrito Judicial -ahora departamento- de Beni, constituida en Jueza de garantías, pronunció la Resolución de 1 de diciembre de 2010, cursante de fs. 58 vta. a 61, por la cual denegó la tutela solicitada, disponiendo para la parte accionante el pago de multa de “Bs. 100.-” y costas procesales, con los siguientes fundamentos: i) A fs. 1, cursa una nota original dirigida a Pedro Chuca Caba Presidente de la Cooperativa de Servicios Eléctricos “El Palmar”, firmada por “Nicolás Huallpa M., Subalcalde el palmar” (sic) y “otro” el cual prueba, que los demandados reconocieron a Pedro Chuca Caba, en calidad de Presidente de la mencionada Cooperativa, y, ii) Los accionantes, antes de presentar la presente acción de amparo constitucional no se dirigieron ante ninguna autoridad o instancia para reclamar la toma de la Cooperativa “El Palmar” y la devolución de los bienes “señalados”, por lo que no agotaron todos los recursos de la vía ordinaria, para que puedan reparar los hechos que se han denunciado, no cumpliéndose con la subsidiariedad.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- denegó
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de amparo constitucional y su naturaleza jurídica
- legitimación
- III.3. La legitimación activa en el caso de las personas jurídicas
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR