SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1198/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1198/2012

Fecha: 06-Sep-2012

i)

Edwin Adolfo Falon Uyuni en representación de Verónica Berrios Vergara, Alcaldesa del Gobierno Municipal de Sucre, en audiencia manifestó: i) La accionante incumplió lo previsto en el art. 97.V de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC), a causa de que no acreditó el acto lesivo, la “decisión de responsabilidad de las autoridades demandadas” (sic); ii) Presentaron certificación que señala que María Eugenia Mora Maldonado no es funcionaria de carrera administrativa y siendo personal de libre nombramiento, el ejecutivo municipal tenía facultad de removerla; iii) En el memorial de esta acción tutelar, se reconoce que ingresó a trabajar el 12 de marzo de 2001, en plena vigencia de la Ley de Municipalidades (LM), por lo tanto en aplicación del art. 11 de las disposiciones finales y transitorias de la norma antes referida, no es funcionaria de carrera ni estuvo bajo la protección de la Ley General del Trabajo (LGT);