SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1202/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1202/2012

Fecha: 06-Sep-2012

III.5.2. En cuanto a la relación de trabajo de carácter indefinida

Una de las principales funciones del Estado, es garantizar la continuidad del contrato de trabajo, misma que contribuirá a incrementar los niveles productivos tanto de las empresas y entidades nacionales, públicas o privadas, respetando siempre el derecho mutuo entre empleador y empleado, o de contratos a plazo fijo a aquellos que en esencia son contratos laborales indefinidos.

De la interpretación del art. 48.II de la CPE, que establece que las normas laborales se aplicarán bajo los principios de protección de las trabajadoras y de los trabajadores como principal fuerza productiva de la sociedad, se concluye que en el presente específico, los demandados, con su silencio en audiencia y al no haber refutado las aseveraciones y petitorio del demandante, han admitido la transgresión del principio de estabilidad laboral, contenido en nuestra Norma Suprema.