SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1247/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1247/2012

Fecha: 17-Sep-2012

II.4.

II.4.    El Juez de garantías, sobre el memorial referido en el punto anterior, dispone: 1) Respecto a la notificación a Máximo Pérez Flores, no se dispuso su notificación por una confusión en el memorial de acción de amparo constitucional, a pesar de esto las partes no realizaron la observación a tiempo; sin embargo, “tampoco conlleva mayor relevancia” (sic) conforme la SC 0953/2006-R de 2 de octubre, que permite la legitimación parcial de los accionados; 2) La excusa fue debidamente rechazada por la correspondiente providencia; y, 3) No resulta haberse dejado en indefensión a los “accionados” porque la notificación demuestra que se entregó la copia de ley al abogado de estos en secretaría, por lo que rechaza la pretensión (fs. 45 a 46).