SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1256/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1256/2012

Fecha: 19-Sep-2012

Consiguientemente, no es un mecanismo para ejecutar o hacer cumplir resoluciones dictadas por autoridades administrativas y judiciales, con plenitud de jurisdicción y competencia, cumpliendo funciones, que les encomienda la ley.

La SC 1613/2010-R de 15 de octubre, al respecto refiere: “El amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional, ha sido instituido para otorgar protección inmediata contra los actos ilegales y las omisiones indebidas de autoridades o particulares que restrinjan, supriman o amenacen restringir o suprimir derechos y garantías fundamentales de la persona, reconocidos por la Constitución, las Leyes y los convenios internacionales. Consiguientemente, no es un mecanismo para ejecutar o hacer cumplir resoluciones dictadas por autoridades administrativas y judiciales, con plenitud de jurisdicción y competencia, cumpliendo funciones, que les encomienda la ley. Al respecto el Tribunal Constitucional se ha pronunciado a través de uniformes fallos, así como la SC 1911/2004-R de 14 de octubre que cita entre otras a las SSCC 0354/2003-R y 0889/2004-R, estableciendo: