SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1294/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1294/2012

Fecha: 19-Sep-2012

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

El accionante por su representado, denunció como lesionados sus derechos al trabajo y a las vacaciones; toda vez que, el 22 de junio de 2010, el Alcalde Municipal de Caranavi, ahora autoridad demandada, destituyó al representado del accionante, del cargo de Gendarme; por lo que, el 2 de julio del mismo año, reclamó y solicitó el pago de sus vacaciones, comunicandole verbalmente que no tenía derecho; toda vez que, ya no existía ningún vínculo laboral entre el funcionario municipal y la institución, entregándole una nota de la Dirección Jurídica de 12 de julio de 2010, manifestándole que las vacaciones solicitadas no proceden, al haber terminado el vínculo entre el servidor municipal y el Gobierno Municipal de Caranavi. En consecuencia, corresponde dilucidar en revisión, si tales argumentos son evidentes a fin de conceder o denegar la tutela solicitada.