SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1354/2012
Fecha: 19-Sep-2012
II.6.
II.6. A fs. 14, consta informe de conciliación, emitido por Fernando Quiroz Quilo, Inspector Departamental de Trabajo que se constituye en instalaciones del ISEPE a objeto de efectuar verificación de cumplimiento del instructivo de 20 de agosto de 2010, señaló que se solicitó permiso de ingreso a Hee Soo Hwang quien niega el mismo, “se hace al desentendido, manifiesta que no puede dar información de la unidad, firmar documento alguno y que además no entiende el idioma refiere que todo lo resolverá su abogada” (sic) y por los antecedentes, recomienda se aplique la imposición de las multas por desacato a la autoridad, obstaculización a la labor del Ministerio de Trabajo Empleo y Previsión Social, por infracción a la ley.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- concediendo
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. Protección a la mujer embarazada
- III.3. Uniformidad en la línea jurisprudencial adoptada
- III.4. Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- III.5. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR