SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1360/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1360/2012

Fecha: 19-Sep-2012

c)En virtud al principio favor debilis y considerando los supuesto del caso concreto es posible efectuar la inversión de la presentación de la prueba cuando precisamente son los demandados poseedores de los elementos probatorios que acreditan la legalidad o ilegalidad de los actos acusados”;

c)En virtud al principio favor debilis y considerando los supuesto del caso concreto es posible efectuar la inversión de la presentación de la prueba cuando precisamente son los demandados poseedores de los elementos probatorios que acreditan la legalidad o ilegalidad de los actos acusados”; sin embargo, las personas que detentan arbitrariamente los terrenos ya se encontraban por más de tres meses en la referida urbanización.

Finalmente en aplicación estricta del razonamiento señalado en el Fundamento Jurídico III.2., de la presente Sentencia Constitucional Plurinacional, evidenciando materialmente que los ahora demandados, encabezando un grupo de ciento cincuenta personas ingresaron a la propiedad proindiviso de la accionante, ejerciendo acciones de violencia y amenazas hacia los propietarios y familiares, más cuando estos se presentaron en el lugar de los hechos a fin persuadir sobre el derecho propietario, fueron amenazados inclusive de causarles lesiones y la muerte, constituyéndose estos actos en vías de hecho, que no encuentran sustento legal alguno y que hacen viable la protección a través de esta garantía jurisdiccional, prescindiendo incluso de las vías legales que pudieran existir ante el daño inminente al que está expuesta toda persona cuya propiedad privada sea avasallada por terceros ajenos con acciones de violencia, con la consiguiente infracción del orden constitucional.