Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1378/2012
Fecha: 19-Sep-2012
II.1.
II.1. El 4 de diciembre de 2009, Homar Caquegua Cruz, Ever Caquegua Cruz y Romaldina Caquegua Cruz solicitaron al “Fiscal de Materia” audiencia de inspección ocular (fs. 11 y vta.), recibiendo como proveído el 8 de diciembre de 2009, que el resultado de dicha actuación se encontraría plasmado en el informe y acta con muestrario fotográfico (fs. 12), así como a fs 16, solicitaron “SECUESTRO DE OBJETO SECUESTRADO” (sic).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- I.2.3. Intervención de los terceros interesados
- denegó
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. El rol del Ministerio Público
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR