SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1381/2012
Fecha: 19-Sep-2012
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
Los accionantes alegan la vulneración de sus derechos a la propiedad privada y al trabajo, por cuanto pese a ser legítimos propietarios de las propiedades suburbanas, la primera ubicada en la zona sud oeste con una superficie de 155 500,41 m2 y la segunda de la zona noroeste con una extensión de 91 562 m2, ambas de la localidad de Limoncito, municipio de El Torno, cuarta sección municipal, provincia Andrés Ibáñez del departamento de Santa Cruz, las cuales cumplían con el principio de función social, los demandados encabezando un grupo de trescientas personas avasallaron sus terrenos de forma violenta, portando armas blancas, palos, piedras, martillos, etc., agrediéndolos físicamente, motivo por el cual huyeron de dichos predios, quienes procedieron a destruir lo que encontraron a su paso, asentando personas para que hieran de guardias y no permitirles el ingreso. En consecuencia, corresponde en revisión, verificar si tales extremos son evidentes a fin de conceder o denegar la tutela solicitada.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- f)
- 1)
- i)
- concedió
- I.4. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. Los derechos controvertidos no son tutelados mediante una acción de amparo constitucional
- III.3.
- 2º