SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1387/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1387/2012

Fecha: 19-Sep-2012

I.2.2. Informe de la autoridad demandada

La autoridad demandada presentó su informe escrito cursante de fs. 39 a 41, por medio de su abogado y representante, indicando: luego de “haberse presentado a la Convocatoria Pública para la elaboración del Proyecto de Pre Inversión estudio a diseño final 'Construcción del Puente Cohani' mediante el sistema de consultoría y de acuerdo al Certificado de Planilla 3, que corresponde a la Planilla de Cierre (aprobado) quedando un líquido pagable de Bs13.689,00.- (trece Mil seiscientos ochenta y nueve 00/100 Bolivianos)” (sic).

Debido al cambio de personal en la administración pública, no se dio una respuesta inmediata al pago de la planilla 3, objeto de reclamo; sin embargo, existe la certificación de la Secretaria Departamental de Administración y Finanzas, de la emisión del cheque 717-09, por Bs13 689.- a nombre del accionante, quien se precipitó al formular la demanda, sin haber hecho el seguimiento ni agotado la vía administrativa, por lo cual se debería denegar la acción de amparo por el principio de subsidiaridad, debe pasar por Caja de la Secretaria Departamental de Administración y Finanzas del Gobierno Autónomo Departamental de Oruro, a objeto de hacer efectivo el cobro del cheque, por concepto de la planilla 3, ya que no se hizo un seguimiento adecuado.