Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1408/2012
Fecha: 19-Sep-2012
1)
El accionante por su representado, ratificó inextenso el contenido de la demanda de acción de amparo constitucional, y ampliándola en audiencia señaló: 1) Las autoridades demandadas hicieron uso de la Directriz Jurídica SF-IJU 001/2008, contraviniendo el procedimiento administrativo y demás leyes en vigencia, considerando al tractor como producto forestal; y, 2) Las notificaciones debieron haberse realizado en el lugar donde se decomisó el tractor, en el caso presente se publicó en el “canal 15”, y de conformidad al art. 12 de la Ley de Procedimiento Administrativo (LPA), debieron notificar a su representado en calidad de tercero interesado.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- 1)
- i)
- iv)
- denegó
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.7.
- II.9.
- II.10
- II.11
- II.12.
- II.13.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Del principio de subsidiariedad y la acción de amparo constitucional
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR