SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1419/2012
Fecha: 24-Sep-2012
I.2.1. Ratificación de la acción
El abogado del accionante, se ratificó in extenso en el contenido del memorial, señalando además que existe manifestación de conducta por parte del Presidente de la Fraternidad Morenos “Ferrari Ghezzi”, que denota actitud discriminatoria para la expresión cultural y espiritual a que tiene derecho, por cuanto en definitiva no se le permite concurrir al último convite y se encuentra en peligro el derecho de participar en la entrada del carnaval para hacer expresiva esta manifestación espiritual y cultural que la Constitución Política del Estado le reconoce; que existe vulneración de su derecho a un juicio previo que amerita esa sanción, por cuanto no se le da a conocer ningún proceso en su contra donde éste pudiera haber ejercido el derecho a la defensa; que se le ha lesionado el derecho a la petición, en razón de que no se le ha dado respuesta pronta, oportuna y formal a los motivos que impidieron que el ahora accionante pueda participar en las actividades de dicha Fraternidad, en virtud de que este hubiera presentado solicitudes a través de la representación del Ministerio Público que han sido puestas a conocimiento del demandado, no recibiendo la respuesta correspondiente, denotando con esa actitud, una conducta de ejercer justicia por mano propia y eximiéndose del cumplimiento de la normativa legal.
Con el derecho a la dúplica incidió de manera precisa en el impedimento a la manifestación cultural al impedirle participar en todas las actividades inherentes al carnaval 2012, dentro de la Fraternidad Morenada Ferrari Ghezzi y que los elementos de prueba presentados por el demandado no revisten mayor trascendencia, más cuando estos justifican existir vulneración a los derechos ya referidos.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación de la acción
- a)
- “haber lugar”
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La diversidad, el patrimonio cultural y el derecho adquirido a acceder a la cultura
- derecho a acceder a la cultura
- III.2. El derecho de asociación y la expulsión de los integrantes de asociaciones sin un previo proceso
- III.3. Análisis del caso concreto
- 1)
- APROBAR