Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1421/2012
Fecha: 24-Sep-2012
acción de libertad
En revisión la Resolución 178/2012 de 30 de julio, cursante a fs. 13 y vta., pronunciada dentro de la acción de libertad interpuesta por Miguel Angel Flores Orihuela en representación sin mandato de Cecilio Conurana Villalobos contra Enrique Morales Díaz, Juez Primero de Instrucción en lo Penal de El Alto del departamento de La Paz.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- concedió
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.El principio de celeridad dentro de las acciones de libertad
- III.2.1. Jurisprudencia
- Lo anterior, constituye una modulación de la sub regla establecida en el inc. b) del Fundamento Jurídico III.3 de la SC 0078/2010-R de 3 de mayo, en cuanto al plazo para fijar audiencia, el que queda determinado en según lo señalado supra; vale decir, tres días hábiles.
- III.3. Análisis del caso concreto
- cuando en los hechos se encontraba obligado a efectivizar y concretar la referida audiencia, evitando así transgredir el principio de celeridad como componente esencial del debido proceso; por lo tanto, al estar relacionados los hechos denunciados con el derecho a la libertad, se constata la vulneración de este derecho de carácter primario, correspondiendo consecuentemente conceder la tutela
- APROBAR