SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1421/2012
Fecha: 24-Sep-2012
I.1.1. Hechos que motivan la acción
El 13 de marzo de 2012, el Juez Primero de Instrucción en lo Penal de El Alto, ordenó su detención preventiva en el centro penitenciario de San Pedro, dentro del proceso iniciado en su contra por la presunta comisión del delito de peculado y por entender que existían riesgos procesales, razón por la cual solicitó la fijación de audiencia para la cesación de su detención preventiva, misma que fue determinada para el 29 de junio de la misma gestión, y suspendida por ausencia del Fiscal asignado al caso.
El accionante efectúa también una detallada relación de fechas, respecto a las posteriores solicitudes realizadas para la celebración de la audiencia de referencia, misma que no fue llevada cabo, añadiendo que el día de la presentación de la acción de libertad fue suspendida nuevamente, sin sustento legal alguno conforme se “desprende” (sic) de las actas elaboradas que cursan en el cuaderno de control jurisdiccional, vulnerándose de ésta manera sus derechos al debido proceso y a la libertad.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- concedió
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.El principio de celeridad dentro de las acciones de libertad
- III.2.1. Jurisprudencia
- Lo anterior, constituye una modulación de la sub regla establecida en el inc. b) del Fundamento Jurídico III.3 de la SC 0078/2010-R de 3 de mayo, en cuanto al plazo para fijar audiencia, el que queda determinado en según lo señalado supra; vale decir, tres días hábiles.
- III.3. Análisis del caso concreto
- cuando en los hechos se encontraba obligado a efectivizar y concretar la referida audiencia, evitando así transgredir el principio de celeridad como componente esencial del debido proceso; por lo tanto, al estar relacionados los hechos denunciados con el derecho a la libertad, se constata la vulneración de este derecho de carácter primario, correspondiendo consecuentemente conceder la tutela
- APROBAR