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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1434/2012
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1434/2012

    Fecha: 24-Sep-2012

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    • Fragmento 1
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
    • a)
    • 1)
    • i)
    • denegó
    • I.3. Consideraciones de Sala
    • II.3.
    • II.4.
    • II.6.
    • II. 7.
    • II.9.
    • II.10.
    • II.11.
    • II.14.
    • II.15.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.   Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
    • III.2.   Sobre la excepción al principio de subsidiariedad, respecto a derechos fundamentales de las personas con capacidades diferentes
    • no es menos evidente que en determinados casos, que involucren a personas discapacitadas, debe aplicarse la excepción al principio de subsidiariedad
    • III.3.   De los derechos fundamentales de las personas con capacidades diferentes
    • por lo que ante la protección que tienen las personas con discapacidad, corresponde en el presente caso otorgar la tutela, con relación al derecho de trabajo y a la vida que alegó como vulnerado la accionante, sin entrar a considerar la diferenciación establecida por el Estatuto del Funcionario Público, respecto de los funcionarios de carrera, de libre nombramiento o funcionarios provisorios, pues tratándose de trabajadores con discapacidad o de trabajadores que tengan bajo su dependencia a personas con discapacidad, que gozan de inamovilidad reconocida por ley, dicha distinción resulta innecesaria
    • por lo que al destituirlo de su fuente laboral sin que exista un proceso previo y por una “supuesta reestructuración”, lo cual no constituye una causal justificada para su destitución, lesionándose el derecho a la inamovilidad laboral que lo ampara al ser parte de un grupo vulnerable, pese a que la función que desempeñaba le fue otorgada bajo la modalidad de libre nombramiento, lo cual ocasiono la perdida de su fuente laboral y por ende de su medio de subsistencia
    • , es así, que por la naturaleza de la vinculación como en cargos de libre nombramiento y remoción, no se pierde la condición de ser un sujeto de especial protección constitucional
    • en los procesos de reestructuración, aún en los cargos de libre nombramiento
    • la protección constitucional
    • III.5. Análisis del caso concreto
    • Fragmento 29
    • 1° REVOCAR en parte
    • 2°
    • 3°

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