SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1462/2012
Fecha: 24-Sep-2012
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante alega la vulneración de su derecho al debido proceso en su presupuesto del derecho a la defensa, puesto que el SIN notificó mediante cédula a su representante legal fallecido y a terceras personas, con el proceso de verificación y demás actos administrativos, motivo por el cual no tuvo conocimiento del proceso, enterándose a través del congelamiento de sus cuentas de dinero en fase de ejecución, además, señala que no se le debe castigar por no actualizar a su representante legal, con la imposición de una deuda tributaria. Corresponde analizar, en revisión, si tales argumentos son evidentes y si constituyen actos ilegales lesivos de los derechos fundamentales del accionante, a fin de otorgar o denegar la tutela solicitada.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- 1)
- denegando
- II.1.
- II.5.
- II.6.
- II.9.
- II.10.
- II.12.
- II.13.
- II.18.
- II.19.
- II.20.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.1.1. En cuanto al debido proceso
- III.1.2. Respecto al derecho a la defensa
- III.1.3. Resoluciones emitidas por la administración tributaria como actos administrativos
- III.2. Análisis del c
- APROBAR