SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1464/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1464/2012

Fecha: 24-Sep-2012

1)

De lo cual podemos individualizar dos momentos procesales importantes que delimitan la competencia tanto del juez instructor en lo penal y del juez de ejecución penal: 1) Cuando el proceso penal está en curso y no se encuentra ejecutoriado en virtud a una sentencia condenatoria pasada en autoridad de cosa juzgada; y, 2) Cuando ya existe una sentencia con calidad de cosa juzgada formal y material, y existe una condena que va a ser ejecutada o viene siendo ejecutada. En el primer momento intervendrá para conocer las incidencias y emergencias del proceso el juez instrucción en lo penal, en el segundo momento lo hará el juez de ejecución penal, en ambos casos bajo un criterio de complementariedad y eficacia procesal.