SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1464/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1464/2012

Fecha: 24-Sep-2012

III.1.Naturaleza y esencia de la acción de libertad

El alcance y finalidad de la acción de libertad están definidos por el art. 125 de la CPE, que establece: “Toda persona que considere que su vida está en peligro, que es ilegalmente perseguida, o que es indebidamente procesada o privada de libertad personal, podrá interponer Acción de Libertad y acudir, de manera oral o escrita, por sí o por cualquiera a su nombre y sin ninguna formalidad procesal, ante cualquier juez o tribunal competente en materia penal, y solicitará que se guarde tutela a su vida, cese la persecución indebida, se restablezcan las formalidades legales o se restituya su derecho a la libertad”, de donde se infiere un instituto jurídico que tiene las características de ser preventivo, correctivo o reparador, cuya finalidad es la protección no sólo de los derechos fundamentales a la libertad individual y la locomoción determinados en los arts. 22 y 23.I de la Norma Suprema, sino también a la vida cuando está íntimamente ligado a aquellos.