Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1472/2012
Fecha: 24-Sep-2012
I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
Por su parte, la también abogada Emidia Alvarado refrió que el Decreto Supremo (DS) 5918 de 6 de noviembre de 1961, en su art. 25, exige que sin previa autorización de la Dirección Nacional de Cultura no puede hacerse construcciones que impidan la visibilidad de un inmueble declarado monumento nacional bajo pena de demolición de dicha construcción; de la misma manera dicha iglesia tiene un reloj solar donde los comunarios acostumbran ver la hora.
- acción popular
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- Fragmento 4
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Excurso a la acción popular
- Estado
- III.2. La participación de terceros en las acciones populares
- 4.
- 5.
- patrimonio
- La riqueza
- III.4. El caso de análisis
- iii.