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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1472/2012
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1472/2012

    Fecha: 24-Sep-2012

    I.2.2. Informe de la autoridad demandada

    El abogado de la parte demanda sostuvo que el tinglado es de la Unidad Educativa de la parroquia y se lo efectúa en base a un contrato con la República Bolivariana de Venezuela y que el reloj desde hace cincuenta años que no tiene funcionamiento; y finaliza observando que la Ley de Municipalidades se dejó sin efecto por la Ley Marco de Autonomías y Descentralización y que los pobladores manifestaron la necesidad en dicha construcción.

    • acción popular
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.1.3. Petitorio
    • Fragmento 4
    • I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
    • I.2.2. Informe de la autoridad demandada
    • concedió
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1. Excurso a la acción popular
    • Estado
    • III.2. La participación de terceros en las acciones populares
    • 4.
    • 5.
    • patrimonio
    • La riqueza
    • III.4. El caso de análisis
    • iii.

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