SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1480/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1480/2012

Fecha: 24-Sep-2012

II.6.

II.6.    El Juez demandado por Auto de 19 de diciembre de 2011, para dar cumplimiento de entrega del bien inmueble tantas veces mencionado, con carácter previo señaló que debe suscribirse otra minuta o en su caso complementar el derecho de usufructo de ambos cónyuges tal cual fue pactado, disponiendo en consecuencia cumplimiento al punto 2.3.2 del acuerdo transaccional de 20 de mayo de 2009, con el derecho de usufructo de ambos cónyuges (fs.36 a 37).