Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1498/2012
Fecha: 24-Sep-2012
II.2.
II.2. Mario Saucedo Jiménez, por memorial presentado el 9 de marzo ante la Jueza Primera de Partido y de Sentencia de Montero, planteó incidente de nulidad de notificación con la querella (fs. 131 a132 vta.); previo traslado, dicha autoridad emitió el Auto de 3 de abril de 2010 rechazándolo (fs. 136 y vta.), por lo que interpuso recurso de apelación incidental impugnando el fallo citado (fs. 142 y vta.), mereciendo el decreto de 22 del indicado mes y año, por el cual se corrió el consiguiente traslado a la parte querellante, para que en el término de tres días de su legal notificación conteste el recurso (fs. 143).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- “procedente”
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 11
- Fragmento 12
- III.1. De los actos consentidos
- III.2.
- REVOCAR