Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1498/2012
Fecha: 24-Sep-2012
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante alega la vulneración de sus derechos al debido proceso y a la “seguridad jurídica” toda vez que la autoridad demandada pese a que planteó recurso de apelación contra la Resolución que rechazó el incidente de nulidad de notificación, prosiguió con la sustanciación del proceso señalando audiencia de conciliación, sin considerar que la apelación presentada tenía efecto suspensivo, por lo cual no debió promover la causa entre tanto no se resuelva la apelación señalada, ante lo que planteó recurso de reposición, mismo que fue rechazado. En consecuencia, corresponde en revisión, verificar si tales extremos son evidentes a fin de conceder o denegar la tutela solicitada.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- “procedente”
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 11
- Fragmento 12
- III.1. De los actos consentidos
- III.2.
- REVOCAR