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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1523/2012
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1523/2012

    Fecha: 24-Sep-2012

    II.4.

    II.4.  Jorge Rivera Noya, por nota presentada el 2 de julio de 2010, dirigida al Director Institucionalizado del SEDUCA Santa Cruz, “Solicitó respuesta a los 21 memoriales presentados al SEDUCA, 20 en la administración de Rodolfo Miguel Alborta y uno en su administración de fecha 25 de junio de 2010” (sic) (fs. 68).

    • acción de amparo constitucional,
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.1.2.Derechos supuestamente vulnerados
    • I.1.3. Petitorio
    • I.2.3.Informe del tercero interesado
    • denegó
    • I.3. Consideraciones de Sala
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1. La naturaleza subsidiaria de la acción de amparo constitucional
    • III.2. El derecho de petición
    • III.3. Análisis del caso concreto
    • 1º
    • 2º

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