Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1523/2012
Fecha: 24-Sep-2012
II.4.
II.4. Jorge Rivera Noya, por nota presentada el 2 de julio de 2010, dirigida al Director Institucionalizado del SEDUCA Santa Cruz, “Solicitó respuesta a los 21 memoriales presentados al SEDUCA, 20 en la administración de Rodolfo Miguel Alborta y uno en su administración de fecha 25 de junio de 2010” (sic) (fs. 68).
- acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2.Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- I.2.3.Informe del tercero interesado
- denegó
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La naturaleza subsidiaria de la acción de amparo constitucional
- III.2. El derecho de petición
- III.3. Análisis del caso concreto
- 1º
- 2º