SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1533/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1533/2012

Fecha: 24-Sep-2012

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Su representado es trabajador del Gobierno Municipal de Bermejo, ejerciendo el cargo de Supervisor I de las Aulas Telemáticas TIC, dependientes de la Dirección de Educación y Salud de la Oficialía Mayor de Desarrollo Social y Cultura, lugar en el que trabajó hasta que fue retirado de manera intempestiva el 13 de enero de 2012, habiéndose procedido a la suspensión de la marcación de su tarjeta (biométrico), sin considerar que su concubina tenía ocho meses de embarazo, vulnerando de esa forma el Decreto Supremo (DS) 0012 de 20 de febrero de 2009, que en su art. 2 establece que la madre y/o progenitor, sea cual fuere su estado civil gozara de inamovilidad laboral desde la gestación hasta que su hijo o hija cumpla un año de edad, no pudiendo ser despedidos o afectarse su nivel salarial ni ubicación en el puesto de trabajo.

El despido de la fuente de trabajo de su representado, se produjo sin una causa justificada, demostrando una actitud totalmente ilegal y sin la base jurídica correspondiente, siendo que es de conocimiento de la Alcaldesa demandada que no se puede despedir a persona embarazada y/o al progenitor puesto que gozan de inamovilidad laboral.

El 16 de febrero de 2012, el representado del accionante realizó los reclamos de forma verbal y posteriormente presentó un memorial solicitando su reincorporación a su fuente laboral, dirigida a la ahora demandada, sin embargo, dicha autoridad persistió en no corregir su accionar antijurídico, ya que hasta la fecha de la interposición de la presente acción, no le respondió sobre su reincorporación; si bien, su representado tenía un contrato de consultoría que fenecía el 11 de diciembre de 2011, éste continuó trabajando de forma normal hasta el 13 de enero de 2012, sin que el Gobierno Municipal de Bermejo le comunique nada, presumiendo que al estar su concubina en estado de gestación no se le retiraría del cargo que desempeñaba; sin embargo a partir de la última fecha señalada, se procedió a la suspensión de su tarjeta de marcación.