Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1533/2012
Fecha: 24-Sep-2012
II.1.
II.1. Mediante contrato de prestación de servicios de 10 de enero de 2011, el Gobierno Municipal de Bermejo contrató a Adel Antonio Moreno Quiroga para que realice la función de Supervisor I de las Aulas Telemáticas TIC, dependiente de la Dirección de Educación y Salud del Gobierno Municipal referido; el cual tenía vigencia a partir del 10 de enero de 2011, hasta el 30 de abril del mismo año (fs. 4 a 6 ).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- contra los actos u omisiones ilegales o indebidos de los servidores públicos, o de persona individual o colectiva, que restrinjan, supriman, o amenacen restringir o suprimir los derechos reconocidos por la Constitución y la ley' y '…siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados'
- salvo que la restricción o supresión de los derechos y garantías constitucionales ocasione perjuicio irremediable e irreparable'
- se excluyen de la excepción al principio de subsidiaridad, que se da cuando la restricción o supresión de los derechos y garantías constitucionales denunciados, ocasionen perjuicio irremediable e irreparable, en cuya situación y de manera excepcional, procede la tutela demandada, aún existan otros medios de defensa y recursos pendientes de resolución
- Fragmento 15
- “Las mujeres no podrán ser discriminadas o despedidas por su estado civil, situación de embarazo, edad, rasgos físicos o número de hijas o hijos, se garantiza la inamovilidad laboral de las mujeres en estado de embarazo, y de los progenitores, hasta que la hija o el hijo cumpla un año de edad”
- III.3. Análisis del caso de autos
- haciendo abstracción a los requisitos de subsidiariedad
- 2º Disponer