SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1537/2012
Fecha: 24-Sep-2012
I.2.3. Intervención del tercero interesado
Javier Calvo Kirigin, a través de su apoderada en audiencia expreso que el 2007 al enterarse que Rolando Ávila Cusicanqui había diseñado y construido un motor de reluctancia magnética en nuestro país con sus propios recursos, ellos deciden constituir una empresa en Suiza, invirtiendo la suma $us100 000.- (cien mil dólares estadounidenses) de los cuales $us60 000.- (sesenta mil dólares estadunidenses) aportó el representado de los accionantes y el restante “Javier Calvo y Alejandro Rojas”, suscribiendo documento que establece que el ahora representado del accionante recibiría el 0.06% de las acciones al constituirse la empresa, empero sin ningún justificativo decide sacar del proyecto a sus socios e instaura proceso ejecutivo, solicitando se le devuelva los $us60 000.- haciendo retener el sueldo de su mandante en la empresa SAGIG, así como sus cuentas en el Banco Los Andes, y al enterarse de este proceso, así como de la acción penal que pretendían seguir a espaldas de su mandante interpusieron excepciones de litis pendencia e incompetencia, ante el Juez de la causa, quien resolvió desestimado este petitorio; sin embargo, en apelación los Vocales ahora demandados haciendo justicia revocaron dicha decisión conforme a los datos del proceso y con una debida fundamentación por cuanto el accionante ya tiene de donde cobrarse los dineros que le corresponden, lo que solicitó sea considerada en Resolución.
- acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- concedió
- II.1.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. El debido proceso y el derecho a la motivación y fundamentación de las resoluciones judiciales
- III.3. Análisis del caso concreto
- i)
- APROBAR