SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1541/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1541/2012

Fecha: 24-Sep-2012

I.2.3. Informe de los terceros interesados

Julio Cesar Paredes Gonzales, representante legal de ATB Santa Cruz S.A.  presentó informe escrito, cursante de fs. 255 a 258 indicando que el accionante pretende el cumplimiento de una resolución de amparo constitucional, a través de la interposición de otra similar, ya que el Tribunal de garantías dejó sin efecto el Auto de Vista 73/2009 de 4 de marzo que fue emitido por la Sala Social, debido a que dicho fallo fue dictado sin motivación ni fundamentación, por parte de la mencionada Sala; es por esa razón que nuevamente se emitió fallo, esta vez motivado y fundamentado, declarando probada la excepción de impersonería; asimismo indica que la jurisdicción constitucional no está llamada a valorar la prueba ya que son de exclusiva competencia de los Jueces y Tribunales ordinarios, por otro lado no explicó en que medida se habrían lesionado sus derechos o garantías, haciendo solo una relación de hechos atinando a mencionar una serie de normas.

La presente acción de amparo constitucional no es la vía para hacer cumplir principios, sino derechos fundamentales; en cuanto a la petición dentro de este amparo constitucional, debe estar formulada en términos claros y precisos, en el presente caso existe incongruencia por cuanto el petitorio, solicita también la nulidad del decreto de 8 de marzo de 2010 dictada por el Juez Tercero de Partido de Trabajo y Seguridad Social, quien no fue demandado, por lo que solicita se deniegue la tutela.