SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1541/2012
Fecha: 24-Sep-2012
II.7.
II.7. Cursa el Acta y Sentencia de amparo constitucional, en los que se advierte que Julio Cesar Paredes Gonzales, Representante legal ATB Santa Cruz televisión S.A., interpuso la indicada acción contra los Vocales de la Sala Social y Administrativa, consiguiendo dejar sin efecto legal el Auto de Vista de 4 de marzo de 2009, por resolución de 13 de octubre 2009 emitida por la Sala Penal Segunda (fs. 52 a 61), por lo que pidió se de cumplimiento a la resolución indicada (fs. 182 a 183); una vez el caso en la Sala Social y Administrativa, los Vocales Jorge Von Borries Méndez, Johnny Vaca Diez Vaca Diez y Limberg Gutiérrez Carreño emiten el Auto de Vista de 10 de diciembre de 2009, por el que revocan el auto de 13 de octubre de 2008 por ende probada la excepción previa de impersonería. (fs. 196 a 197).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.2.3. Informe de los terceros interesados
- deniega
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.3.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. Sobre la fundamentación y motivación de las resoluciones
- III.3.
- III.4. Análisis del caso concreto
- APROBAR