SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1551/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1551/2012

Fecha: 24-Sep-2012

II.4.

II.4.  Por nota de 31 de mayo de 2010, el accionante solicitó a la Directora General Ejecutivo del INASES, que el 4 del referido mes y año fue notificado con la nota 01-01-1012-10 indicándole que hasta el momento no se dio curso al traspaso de sus aportes de la Caja Universitaria a la CSBP bajo el argumento “…que para acceder a la libre elección del Ente Gestor, se debe adolecer de una enfermedad crónica” (sic) ya que los mismos galenos de la referida institución certificaron que el accionante adolece una enfermedad de “ Reflujo Gastroesofágico y Hernia Hiatal al ser su condición crónica por lo que requiere tratamiento indefinido: asimismo, que en su nota de solicitud el Director General Ejecutivo emitió la Resolución Administrativa (RA) 176/2010 de 30 de julio, disponiendo que la referida solicitud del accionante es pertinente y viable y se autoriza la continuidad del ente gestor a su favor en la CSBP de la regional en La Paz (fs. 22 a 24).