SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1555/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1555/2012

Fecha: 24-Sep-2012

Fragmento 16

           El Tribunal Constitucional ha previsto el alcance de este derecho a través de su jurisprudencia, es decir, que siempre que se alegue como vulnerado debe verificarse de acuerdo a los antecedentes de cada caso su posible lesión, es así que la SCP 0832/2012 de 20 de agosto de 2012 señaló: “En el orden constitucional, el derecho a la defensa como instituto integrante de la garantía del debido proceso, se encuentra consignado de manera autónoma en la Constitución Política del Estado en los arts. 115.II (…), y 119.II, determinando: 'Que toda persona tiene derecho inviolable a la defensa…'