SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1560/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1560/2012

Fecha: 24-Sep-2012

concedió

El Juez de Partido y de Sentencia Penal de Puerto Suárez del Distrito Judicial -ahora departamento- de Santa Cruz, mediante Resolución 07/2010 de 28 de agosto, cursante de fs. 174 a 175, concedió la tutela solicitada, ordenando a Fanny Medina Velasco, David Faldín Leite, Víctor Hugo “Faldím” Leite y a quienes estén asentados ilegalmente en los terrenos de Central Aguirre Portuaria S.A. y de su Presidente Hugo José Joaquín Aguirre Lavayen su desocupación en el plazo de veinticuatro cuatro horas, previniéndoles de mandamiento de desapoderamiento en caso de desobediencia, con los siguientes fundamentos: 1) En relación a la falta de legitimación de “Rutineya Justiniano” para ser demandada, es atendible su argumento, ya que no fue habida en los predios para su notificación, debiendo ser excluida; 2) Fanny Medina Velasco fue notificada mediante cédula en el lugar del conflicto, su presencia allí con el pretexto de ser vendedora ambulante no la exime, sino que la incrimina; 3) Respecto de los otros demandados David y Víctor Faldin Leite, su rebeldía al llamado de la autoridad y la no presentación de pruebas, denotan su legitimidad pasiva; y, 4) La acción de amparo constitucional procede para la protección inmediata de las garantías constitucionales, en el presente caso referentes a la propiedad privada y al trabajo, violentados por los demandados y el grupo de personas comandadas por ellos, que se encontraban en los predios, lo que fue constatado por el Oficial de Diligencias.