SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1560/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1560/2012

Fecha: 24-Sep-2012

i)

Fanny Medina Velasco y Rutineya Arruda Justiniano, a través de su abogado, en audiencia señalaron: i) No concurre en el presente caso la legitimación activa, pues al haber notificado a la segunda, a través de su esposo, en su domicilio real, se ha demostrado que no la hallaron en el domicilio que indica la demanda. En relación a la demandada Fanny Medina Velasco, ella vende refrescos ambulantes, tal cual se acredita por la fotografía que adjuntan, y al momento de ser notificada, tampoco fue “habida en el lugar”; ii) Todo ello significa que las demandadas presentes, no han vulnerado ningún derecho de propiedad, no siendo autoras del supuesto avasallamiento; iii) El accionante no ha demostrado que las demandadas hayan dañado “ese derecho”; iv) Solicita denegar el presente “recurso”; y, v) Se está presentando una fotocopia del derecho propietario que tiene la ahora codemandada Rutineya Arruda Justiniano.