SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1575/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1575/2012

Fecha: 24-Sep-2012

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Que ejerció el cargo de Director de Seguros en la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero (ASFI), designado mediante Resolución Administrativa (RA) 005/2009 de 15 de mayo suscrito por Ernesto Rivero Villarroel, Director Ejecutivo a.i., de esa institución; y, posteriormente fue despedido por Memorando ASFI/URH/R-6560/2009, de 3 de junio, sin considerar que está amparado por el art. 48.VI de la Constitución Política del Estado (CPE); y el Decreto Supremo (DS) 0012/09 de 19 de febrero, ya que su representado es padre de un menor de cinco meses de edad, disposiciones legales que garantizan la inamovilidad laboral del progenitor hasta que el hijo o hija  cumpla un año de edad, a la vez también se le suprimió el derecho de subsidio, lactancia y seguro médico.

Posteriormente, el representado de la accionante impugnó el antes mencionado memorando ante el Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social, autoridad que pronunció la Resolución 014-10 de 7 de enero de 2010, la cual resuelve: Instruir a la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero (ASFI) reincorporar a Alejandro Rafael Toro Canedo, al cargo de Director de Supervisión de Seguros, que ocupaba al momento de ser retirado; por gozar de inamovilidad laboral en su calidad de padre progenitor hasta que su hijo (a) cumpla un año de edad, debiendo la entidad pagar todos los haberes y derechos sociales devengados por el tiempo que duro la suspensión de la relación laboral” (sic.)