SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1575/2012
Fecha: 24-Sep-2012
III.3. Análisis del caso concreto
Es menester verificar en el caso concreto la identidad de sujeto, objeto y causa, en el expediente materia de estudio cursa fotocopia legalizada de fs. 54, de la acción de cumplimiento planteada por Carla Denise Mostajo Sotelo, en representación de Alejandro Rafael Toro Canedo contra la ASFI, obteniéndose la Resolución AC-03/10 de 21 de enero de 2010, que deniega, en revisión el Tribunal Constitucional mediante SC 1750-R de 7 de noviembre Revoca la resolución de la Sala Civil Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, y en consecuencia concede la tutela solicitada por la accionante a favor de su representada.
Se advierte que los fundamentos están relacionados al despido mediante memorando ASF/URH/R-6560/2009 de 3 de junio, sin considerar que estaba amparado por el art. 48.VI de la CPE, que garantiza la inamovilidad laboral, por éste hecho acudió al Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social, solicitando su reincorporación obteniendo la Resolución Administrativa (RA) 014/10 de 7 de enero, dictada en virtud al DS 0012, supuestamente incumplida.
La segunda acción de cumplimiento 2010-22699-46-ACU, interpuesta por la misma Carla Denise Mostajo Sotelo, en representación de Alejandro Rafael Toro Canedo contra la ASFI, por haber sido despedido de su fuente laboral mediante Memorando ASF/URH/R-6560/2009 de 3 de junio, solicitó su reincorporación dispuesta por el Ministerio de Trabajo y Empleo, mediante la RA 014-10 de 7 de enero de 2010, los fundamentos son los mismos se evidencia la existencia de dos acciones de cumplimiento, verificándose que en ambas acciones tutelares existe identidad de sujeto, objeto y causa, extremo que ya fue advertido por el Tribunal de garantías mediante providencia de 29 de septiembre de 2010, cursante de fs. 67; sin embargo de ello la Sala Civil Segunda de la Corte Superior de Justicia ahora Tribunal Departamental de La Paz, emitió la Resolución AA-51/10 de 27 de octubre de 2010 denegó la tutela, que sale de fs. 265 a 266 del cuaderno procesal.
La presente acción de cumplimiento tiene el mismo propósito, en ambos casos se busca el cumplimiento de la norma o disposición legal omitida, la línea jurisprudencial que estableció como causal de improcedencia la identidad de sujeto, objeto y causa en este caso la accionante interpuso dos acciones contra Ernesto Rivero Villarroel ex Director Ejecutivo a i, y Reynaldo Yujra Segales, actual Director Ejecutivo a.i. de la ASFI, con los mismos fundamentos, de manera discrecional lo cual impide a este Tribunal Constitucional pronunciarse en el fondo pues se incurriría en duplicidad de fallos respecto a un mismo asunto, tampoco puede ser utilizada indiscriminadamente para movilizar a las autoridades jurisdiccionales en el tratamiento de un asunto en dos oportunidades.
- acción de cumplimiento
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación de la acción
- 1)
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- I.2.4. Intervención del Ministerio Público
- denegó
- I.3. Consideraciones de sala
- II.5.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza Jurídica de la acción de cumplimiento
- Fragmento 13
- III.2. La acción de cumplimiento y la identidad de sujeto, objeto y causa
- III.3. Análisis del caso concreto
- APROBAR