SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1578/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1578/2012

Fecha: 24-Sep-2012

denegar

En consecuencia, la situación planteada por el accionante no se encuentra dentro de las previsiones del art. 128 de la CPE, por lo que el Tribunal de garantías, al denegar la acción de amparo constitucional, ha efectuado una adecuada compulsa de los antecedentes procesales y dio correcta aplicación al citado precepto constitucional.