SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1578/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1578/2012

Fecha: 24-Sep-2012

denegó

La Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial -ahora Tribunal Departamental de Justicia- de Beni, constituido en Tribunal de garantías, pronunció la Resolución 10/2010 de 3 de diciembre, cursante de fs. 948 a 949 vta., la misma que denegó la tutela solicitada, de acuerdo a los siguientes fundamentos: i) Las medidas cautelares tienen por finalidad asegurar la presencia del imputado durante el desarrollo del proceso y las autoridades demandadas, al disponer y confirmar una resolución de medida cautelar sustitutiva a la detención preventiva, ciñeron sus actos a la facultad que les confieren los arts. 235 ter del CPP, 1 y 4 de la Ley Anticorrupción, en relación al principio de defensa del patrimonio del Estado, la cual establece que la autoridad judicial puede aplicar una medida cautelar más grave que la solicitada por la parte; es decir, no hace falta pedido fundamentado del Fiscal, de la víctima o del querellante para imponer una medida más severa a la solicitada, facultad conferida por la Ley 007 de 18 de mayo de 2010; ii) No se ha vulnerado la garantía del debido proceso, ni otra garantía constitucional, al encuadrarse los actos de las autoridades demandadas a la normativa específica, habiendo asumido plenamente su defensa el accionante, interponiendo los recursos que la ley le franquea, convalidando las actuaciones de dicho proceso, no pudiendo remediar en esa instancia, actos jurisdiccionales sobre los que el Tribunal de garantías constitucionales por su propia naturaleza no puede pronunciarse; y, iii) El proceso penal se tramitó en igualdad procesal, sin conculcar ningún derecho constitucional del o los procesados, habiendo las autoridades demandadas, pronunciado las resoluciones respectivas sin quebrantar norma alguna y de conformidad a lo establecido por la ley, evaluando correctamente los datos del proceso y las normas aplicables al mismo.