SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1591/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1591/2012

Fecha: 24-Sep-2012

En consecuencia, la autoridad demandada al haber permitido la exclusión de la hija del accionante de la lista oficial de admitidos a la Unidad Educativa FAB, aludiendo la condición económica pudiente que supuestamente ostentaba, se vulneró el derecho a la igualdad y se realizó discriminación en razón a la situación económica

Respecto a la igualdad, además de tratarse de un valor y un principio, también es un derecho y garantía, que frente a su lesión, es posible activar la justicia constitucional para su restablecimiento; principio, que tiene por objeto el logro de un régimen de igualdad real, donde no existan privilegios de unos a otros y se erradique cualquier forma la discriminación. Ahora bien, el Estado, a través del Ministerio de Educación e instituciones educativas, están en la obligación de hacer prevalecer la igualdad en el acceso de los niños y niñas a los establecimiento educativos, y sobre todo, poner en marcha políticas educativas, que ataquen toda forma de discriminación. En consecuencia, la autoridad demandada al haber permitido la exclusión de la hija del accionante de la lista oficial de admitidos a la Unidad Educativa FAB, aludiendo la condición económica pudiente que supuestamente ostentaba, se vulneró el derecho a la igualdad y se realizó discriminación en razón a la situación económica, sin tomar en cuenta el interés superior del niño como uno de los principios fundamentales en materia de derechos humanos y especialmente sin tomar en cuenta el bienestar de la niña.